Responsabilidades de las organizaciones y sus representantes legales en el Código Tributario.
INTRODUCCIÓN
Venezuela es un País privilegiado por su excelente ubicación geográfica y los recursos naturales renovables y no renovables que posee, situación que le ha permitido beneficios económicos; convirtiéndose entonces la exportación de petróleo en la principal fuente de ingreso. Aun así, el Estado con la finalidad de financiar el gasto público y las inversiones, exige a los contribuyentes el pago de tributos, los cuales son clasificados: en impuestos, tasas, precios públicos, contribuciones especiales y exacciones parafiscales.
Los tributos son herramientas utilizadas por el Estado con el fin de obtener de los contribuyentes de acuerdo a la actividad que realizan, su naturaleza (persona natural o jurídica) y los ingresos recibidos, recursos que le permitan solventar el gasto público y las inversiones.
Con relación a lo anteriormente señalado, el Abogado Tolosa C. (2003) expresa que “la renta petrolera anteriormente sustituía el esfuerzo que los ciudadanos debían aportar al Estado”, explicando que dado este beneficio que poseían los venezolanos, el nivel de madurez tributaria era escaso, y hoy en día y desde hace unos años la realidad es otra, ya que la renta petrolera no es suficiente para el desarrollo del país.
Lo que ha desencadenado en la creación y mayor control en la recaudación de tributos. Este sistema distribuye la potestad tributaria en tres niveles de gobierno: nacional, estadal y municipal y está fundamentado principalmente en los principios de Legalidad, Progresividad, Capacidad Contributiva, Equidad e Igualdad. A los cuales hace referencia la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 316, el cual señala que este sistema:
“procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población; para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.”
La administración tributaria nacional goza de autonomía técnica, funcional y financiera de acuerdo con lo aprobado por la Asamblea Nacional y su máxima autoridad es designada por el Presidente o Presidenta de la República, de conformidad con las normas previstas en la ley. En Venezuela el organismo responsable del control en la recaudación de los impuestos a nivel nacional es el SENIAT (Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y tributaria), el cual se rige entre otras leyes por el código orgánico tributario.
Elaborado por: Glenda Castañeda
g_castaneda_@hotmail.com
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