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Elementos que sustentan el capitalismo. Fundamentación.

02.06.2012 11:08

El término capitalismo fue acuñado por Karl Marx en el Siglo XIX, pero también se le conoce como Sistema de Libre Empresa o Economía de Mercado. Los antecedentes del sistema capitalista se encuentran en los modos de producción pre-capitalistas, y los más importantes son: comunidad primitiva, esclavitud, modo de producción asiático, y feudalismo.

El capitalismo es un sistema económico en el que la riqueza, y los medios de producción de riqueza, son de propiedad privada y controladas en lugar de frecuencia, públicamente, o de propiedad estatal y controlada. Los fundamentos del capitalismo: la tierra, trabajo y capital son de propiedad, operado, y comercializados por los particulares de forma individual o conjuntamente, y las inversiones, la distribución, los ingresos, la producción, la fijación de precios y el suministro de bienes, productos y servicios son determinados por la decisión voluntaria privado en una economía de mercado. Una característica distintiva del capitalismo es que cada persona es propietaria de su propio trabajo y, por tanto, está autorizado a vender el uso de ella a los empleadores. En un "Estado capitalista", los derechos privados y las relaciones de propiedad están protegidos por el imperio de la ley de un limitado marco regulatorio. En el moderno estado capitalista, la acción legislativa se limita a la definición y aplicación de las reglas básicas del mercado, aunque el Estado puede proveer de bienes y la infraestructura.

El capitalismo se fundamenta en que se debe buscar satisfacer necesidades de manera individual, de esta manera se satisfaceran las necesidades colectivamente. El comercio se busca que sea libre, los precios los determina la oferta y la demanda.

 

Elementos del capitalismo.

  • El capitalismo se vuelve visible cuando la actividad económica se separa de la actividad del estado.
    • El capitalismo está caracterizado por su búsqueda dinámica de la acumulación de riquezas materiales. Con la aparición de grupos económicos privados el capitalismo comienza a acumular riquezas como ningún otro modelo predecesor lo había hecho mas esta riqueza no es para el consumo ni para la ostentación sino como capital.
    • El capitalismo desarrolla un nuevo mecanismo para su orientación interna. El mecanismo es el sistema de mercado compuesto por mercados individuales y una red que conecta a todos ellos para guiarse en la producción y la distribución de la actividad económica en su conjunto

Características Fundamentales del Capitalismo:

  • Los medios de producción son de propiedad privada.
    • La actividad económica se coordina con la interacción de mercado.
    • Se maximizan los beneficios utilizando al máximo los recursos disponibles.
    • El control gubernamental sobre el sector privado debe ser mínimo. La actividad económica se controla a sí misma.

Críticas al Capitalismo:

  • Explotación intraeconómica de la fuerza de trabajo del hombre al constituir el trabajo como una mercancía más.
    • Medios de producción privados con fuerza de trabajo colectiva.
    • El disfrute de las riquezas generadas es privado.

Ventajas del Capitalismo:

Incrementar el PIB (per cápita) mejora la calidad de vida de las personas (mayor disponibilidad de alimentos, vivienda, vestimenta, atención médica, reducción de horas de trabajo, y libertad de trabajo para niños y ancianos).

Brinda más oportunidades a los individuos de incrementar sus ingresos a través de nuevas profesiones o negocios que otras formas de economía.

Este sistema puede organizarse a sí mismo como un sistema complejo sin necesidad de un mecanismo de planeamiento o guía externa. A este fenómeno se lo llama laissez faire.

A partir de las transacciones entre compradores y vendedores emerge un sistema de precios, y los precios surgen como una señal de cuáles son las urgencias y necesidades insatisfechas de las personas.

Elaborado por: Yadira Velásquez

Contacto: ya_velasquez@hotmail.com
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Las nacionalizaciones de las empresas consideradas estratégicas en Venezuela. Ventajas y Desventajas.

30.05.2012 00:30

Las variables macroeconómicas y microeconómicas. El producto Interno Bruto. La balanza de pago.

30.05.2012 00:30

Los modelos y/o paradigmas gerenciales desde sus inicios hasta la actualidad

30.05.2012 00:30

Resumen Modelos gerenciales

Los Modelos Gerenciales son estrategias de gestión organizacionales que se utilizan en la dirección y desarrollo del sistema y procesos de la misma.

 

Existen numerosos modelos en donde las empresas pueden reinventarse para continuar sobreviviendo a los constantes de la sociedad, algunos de ellos se definen a continuación:

 

1.- Planificación Estratégica: Es un  proceso administrativo integral que  organiza  líneas de acción para alcanzar los objetivos organizacionales en función de  la  permanencia, crecimiento y rentabilidad esperada en la empresa.

 

2.- Calidad Total: Es un sistema de gestión empresarial para la mejora continua en la organización y la involucración de todos sus miembros, centrándose en la satisfacción del cliente.

 

3.- kaizen o Mejoramiento Continuo: Es la acción sistemática y a largo plazo destinada a la acumulación de mejoras y ahorros, con el objeto de superar a la competencia en niveles de calidad, productividad, costos y plazos de entrega.

 

4.- Justo a Tiempo: Es un sistema que se orienta en  la eliminación de todo tipo de actividades que no agregan valor, y al logro de un sistema de producción ágil y suficientemente flexible que dé cabida a las fluctuaciones en los pedidos de los clientes.

 

5. BENCHMARKING: Es el proceso continuo de medir productos, servicios y prácticas contra los competidores más duros o aquellas compañías reconocidas como líderes en la industria.

 

6. REINGENIERÍA: Es la recreación y reconfiguración de las actividades y procesos de la empresa, lo cual implica volver a crear y configurar de manera radical él o los sistemas de la compañía a los efectos de lograr incrementos significativos, y en un corto período de tiempo, en materia de rentabilidad, productividad, tiempo de respuesta, y calidad, lo cual implica la obtención de ventajas competitivas.

 

7.- EMPODERAMIENTO: Es un proceso estratégico que busca una relación de socios entre la organización y su gente, aumentar la confianza, responsabilidad, autoridad y compromiso para servir mejor al cliente.

 

8. OUTSOURCING: Es el proceso que ocurre cuando una organización contrata a otra para que realice parte de su producción, preste sus servicios o se encargue de algunas actividades que le son propias.

 

9.  ADMINISTRACIÓN POR POLÍTICAS: Es una filosofía gerencial que busca el despliegue estratégico de sus decisiones (“efecto de cascada”) mediante la participación de todos los miembros de la organización desde la alta dirección hasta la base operativa con un adecuado nivel de empoderamiento en la gente para lograr los objetivos organizacionales con la debida divulgación y apropiación de las políticas estratégicas. 

     10.- Gerencia del Conocimiento: Es la capacidad de recolectar datos del entorno, transformar esos datos en información y, a su vez, transformar esa información en conocimiento. Eso significa que existen dos factores importantes que toda empresa debe gestionar: El conocimiento y la experiencia acumulados de su gente y de su “know how” técnico, tecnológico, de producción, comercial, financiero, administrativo y/o de gestión humana. El propósito más importante de la gestión del conocimiento es entonces su competencia para sistematizar su conocimiento y su experiencia.

Elaborado por: Ivanova Luna

Contacto: ivanovaluna@gmail.com

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Responsabilidades de las organizaciones y sus representantes legales en el Código Tributario.

30.05.2012 00:30

INTRODUCCIÓN

 

Venezuela es un País privilegiado por su excelente ubicación geográfica y los recursos naturales renovables y no renovables que posee, situación que le ha permitido beneficios económicos; convirtiéndose entonces la exportación de petróleo en la principal fuente de ingreso. Aun así, el Estado con la finalidad de financiar el gasto público y las inversiones, exige a los contribuyentes el pago de tributos, los cuales son clasificados: en impuestos, tasas, precios públicos, contribuciones especiales y exacciones parafiscales.

Los tributos son herramientas utilizadas por el Estado con el fin de obtener de los contribuyentes de acuerdo a la actividad que realizan, su naturaleza (persona natural o jurídica) y los ingresos recibidos,  recursos que le permitan solventar el gasto público y las inversiones.

Con relación a lo anteriormente señalado, el Abogado Tolosa C. (2003) expresa que “la renta petrolera anteriormente sustituía el esfuerzo que los ciudadanos debían aportar al Estado”, explicando que dado este beneficio que poseían los venezolanos, el  nivel de madurez tributaria era escaso, y hoy en día y desde hace unos años la realidad es otra, ya que la renta petrolera no es suficiente para el desarrollo del país.

Lo que ha desencadenado en  la creación y mayor control en la recaudación de tributos. Este sistema distribuye la potestad tributaria en tres niveles de gobierno: nacional, estadal y municipal y está fundamentado principalmente en los principios de Legalidad, Progresividad, Capacidad Contributiva, Equidad e Igualdad. A los cuales hace referencia la Constitución de la República Bolivariana  de Venezuela en el artículo  316, el cual señala que este sistema:

 “procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población; para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.”

La administración tributaria nacional goza de autonomía técnica, funcional y financiera de acuerdo con lo aprobado por la Asamblea Nacional y su máxima autoridad es designada por el Presidente o Presidenta de la República, de conformidad con las normas previstas en la ley. En Venezuela el organismo responsable del control en la recaudación de los impuestos a nivel nacional es el SENIAT (Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y tributaria), el cual se rige entre otras leyes  por el código orgánico tributario.

Elaborado por: Glenda Castañeda

g_castaneda_@hotmail.com

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Los elementos que sustentan el Socialismo Científico. El Socialismo del siglo XXI como modelo socioeconómico científico. Sus fundamentos.

30.05.2012 00:30

RESUMEN

Lo que conocemos como socialismo, es aquel sistema económico-político, que afirma la propiedad estatal de todos los bienes de producción, siendo el Estado, democráticamente constituido, quien debe atender a la producción y distribución de los bienes de consumo viene desarrollando sus bases desde el mismo momento histórico en que Marx y Engels, partiendo del estudio histórico sobre la transición de unas sociedades a otras, Carlos Marx y su colaborador y amigo Federico Engels realizaron un análisis de la sociedad capitalista, indagando en sus contradicciones y planteando los medios para su destrucción.

SOCIALISMO DEL SIGLO XXI

Es un concepto divulgado  por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, en el V Foro Social Mundial, realizado en Porto Alegre entre los días 26 y 31 de enero de 2005 en el marco de la revolución bolivariana, basado en el “árbol de las tres raíces”, que es la fuente ideológica.

Raíz Bolivariana, parte de un planteamiento de  igualdad  y libertad, y su visión geopolítica de integración de América Latina.

Raíz Zamorana, su nombre se desprende del  general del pueblo soberano Ezequiel Zamora y de la unidad cívico-militar, ya que fue un encendido promotor de una vasta y radical reforma agraria a mediados del siglo XIX.

Raíz Robinsoniana, en honor al maestro del Libertador por Simón Rodríguez el Robinson, el sabio de la educación popular, la libertad y la igualdad. Este árbol de las tres raíces,  da sustancia ideológica al movimiento revolucionario y al Socialismo del siglo XXI.

Elementos que definen  el Socialismo del siglo XXI, según el Presidente Chávez:

El primer rasgo es el moral; debemos recuperar el sentido ético de la vida. Luchar contra los demonios que sembró el capitalismo: individualismo, egoísmo, odio, privilegios. Llucha contra la corrupción, un mal que es propio del capitalismo.

La democracia participativa, En el aspecto político uno de los factores determinantes del Socialismo del siglo XXI debe ser la democracia participativa y protagónica. El poder popular. Hay que centrar todo en el pueblo, el partido subordinado al pueblo.

La  igualdad  conjugada  con  la  libertad.  En  lo social,  el  Socialismo debe conjugar igualdad con libertad. Una sociedad de incluidos, de iguales, sin privilegios.

Cooperativismo y asociativismo; en lo económico: un  cambio del sistema de funcionamiento metabólico del  capital.

Y a su vez se necesitan cinco motores constituyentes para construir el socialismo del siglo XXI:

Primer Motor: Ley Habilitante.

Segundo Motor: Reforma Constitucional

Tercer Motor: Moral y Luces

Cuarto Motor: La Nueva Geometría del poder

Quinto Motor: Explosión del Poder Comunal protagónica, revolucionaria y socialista.

Todo cambio genera oportunidades y este nuevo concepto de socialismo del Siglo XXI, lleva implícito incorporaciones desde el punto de vista de la organización del pueblo, para lo que se incorpora términos como:

Consejo comunal es una forma de organización de la comunidad donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas.Comuna se entiende una subdivisión administrativa menor que corresponde a una zona urbana o rural, o mixta.

 

Realizado por: Licda. Eliant Medina Viloria

Contacto: luciana-71@hotmail.com

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Análisis e interpretación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

12.05.2012 00:12

 

Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento

Ley de Reforma Parcial del Decreto Nro. 5.929 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial Nro. 39.165 del 24 de abril de 2009

Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial Nro. 39.181 del 19 de mayo de 2009

Resumen

            La ley de Contrataciones Públicas es un instrumento legal aprobado el 24 de abril de 2009 que regula lo referente a las contrataciones de los entes del Estado, exceptuando aquellos contratos en el marco de convenios o acuerdos internacionales. La Ley debe ser aplicada a todos los órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Municipal, Central y Descentralizado, a las Universidades Públicas, al Banco Central de Venezuela, a las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en las cuales la República tenga participación igual o mayor al 50%, a las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en las cuales las anteriores tengan participación 50% o superior, a las fundaciones constituidas por cualquiera de las anteriores y a los Consejos Comunales u otras organizaciones comunitarias que manejen fondos públicos.

            Bajo los principios de economía, planificación, transparencia, honestidad, eficiencia, igualdad, competencia, publicidad y promoción de la participación popular, la Ley de Contrataciones Públicas establece tres modalidades para la selección de proveedores de bienes, servicios u obras; estas son: Concurso Abierto, Concurso Cerrado y Consulta de Precios. Se excluye de la necesidad de aplicación de estas modalidades la contratación de: servicios profesionales, servicios financieros, adquisición de inmuebles o arrendamientos, alianzas comerciales y estratégicas, servicios básicos, y aquellos bienes, servicios u obras encomendadas a otros entes de la Administración Pública. Adicionalmente se estipula una cuarta modalidad de selección que puede ser aplicada bajo supuestos excepcionales: Contratación Directa.

            El Concurso Abierto debe ser aplicado para la adquisición de bienes o contratación de servicios por más de veinte mil unidades tributarias (20.000 UT), o la construcción de obras por más de cincuenta mil unidades tributarias (50.000 UT). El Concurso Cerrado es la modalidad a ser aplicada en contratación de servicios o adquisición de bienes entre 5.000UT y 20.000UT, o construcción de obras entre 20.000UT y 50.000UT. La consulta de precios es una modalidad aplicable para bienes y servicios hasta 5.000UT y obras hasta 20.000UT. La Ley de Contrataciones Públicas establece claramente la prohibición de fraccionamiento, es decir, evadir alguna modalidad de selección a través de adquisiciones de bienes, contrataciones de servicios o construcción de obras de menor alcance, pero con el mismo objeto.

            La contratación directa (son sus dos variantes: con competencia y sin competencia) es una modalidad excepcional, que debe ser justificada a través de acto motivado, sobre la base de alguno de los doce (12) supuestos contenidos en el artículo 76 de la Ley de Contrataciones Públicas. También puede procederse a la contratación directa sin acto motivado cuando se decreten estados de excepción, cuando se trate de Seguridad de la Nación o cuando se trate de productos de primera necesidad.

            El Servicio Nacional de Contrataciones es un ente creado por el Estado con el objetivo de registrar la información acerca de las contrataciones públicas. A través del Registro Nacional de Contratistas (RNC), se mantiene pública y actualizada la información acerca de las organizaciones capaces de suministrar bienes, servicios o construir obras para los sujetos a la Ley de Contrataciones Públicas.

            Los entes del Estado deben crear Comisiones de Contrataciones, que estarán conformadas por un número impar de miembros, y debe ser personal de calificada competencia profesional y de reconocida honestidad. En esta Comisión estarán representadas tres áreas: el área técnica, el área legal y el área económico – financiero.

            La Ley de Contrataciones Públicas establece las garantías que debe solicitarse a las empresas proveedoras de bienes, prestadoras de servicios o constructoras de obras: Fianza de Anticipo  (por el 100% del anticipo), Garantía de Fiel Cumplimiento (por el 15% del monto contratado), Garantía Laboral (por el 10% de la mano de obra) y Póliza de Responsabilidad Civil.

            El procedimiento para la terminación de obra, servicio o entrega de bien está esbozado en la Ley de Contrataciones Públicas y su reglamento. Se establece la solicitud de prórrogas, la aceptación provisional de obras, la garantía de funcionamiento, la recepción definitiva, liberación de garantías, y se establece la posibilidad de recepción unilateral por razones de necesidad de la obra, pudiendo el ente ocupar el territorio de ejecución de la obra, en caso de estar justificada la acción.

            La ejecución de obras adicionales, las modificaciones de precios, paralizaciones de obras, penalidades por retraso en la ejecución, resolución de contratos o terminaciones anticipadas están establecidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas.

            La Ley de Contrataciones Públicas establece sanciones administrativas para los funcionarios o funcionarias de los entes estadales, personas naturales o personas jurídicas que incumplan con la Ley. Las sanciones van desde 100UT (Bs. 9.000) hasta 3000UT (Bs. 270.000), suspensión del Registro Nacional de Contratistas, e inhabilitación para conformar cualquier sociedad que opte a contratación con los entes del Estado.

Valor de la unidad tributaria actual de Bs. 90 por UT. Por ende, 20.000UT = Bs. 1.800.000,00

Equivalente: 50.000UT = Bs. 4.500.000,00

Servicios y Bienes: de 5.000UT a 20.000UT, es decir, entre Bs. 450.000 y Bs. 1.800.000

Obras: entre 20.000UT y 50.000UT, es decir, entre Bs. 1.800.000 y Bs. 4.500.000

Servicios y Bienes hasta Bs. 450.000 y Obras hasta Bs. 1.800.000

 

Elaborado por: Ing. Alberto Hernández; C.I. 13.307.278

Contacto: ajhernandezh@gmail.com

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